Circular 8 (2021-2022) Aplicabilidad de las modalidades de enseñanza
3 de marzo de 2022
Circular 008, 2021-2022
Decanos de Facultad y Directores de Escuelas
Nivia A. Fernández Hernández, Ed.D.
Decana Interina
APLICABILIDAD DE LAS MODALIDADES DE ENSEÑANZA
En momentos en que se prepara la oferta académica de programas y cursos-secciones para el Primer Semestre del Año Académico 2022-2023, mediante esta Circular se les provee información normativa con la que se debe cumplir en lo relacionado a la aplicabilidad de las modalidades de enseñanza.
La Certificación de la Oferta Académica, con la cual la Junta de Instituciones Postsecundarias (JIP) aprueba la Licencia de Renovación de la Universidad de Puerto Rico (UPR), autoriza a los tres (3) Recintos y ocho (8) unidades institucionales a continuar operando como institución de educación superior. Por otra parte, en cumplimiento con las regulaciones federales y la política de Cambio Sustantivo de la Middle States Commission on Higher Education (MSCHE), desde el 2019 el Recinto de Río Piedras cuenta con la autorización de “cambio sustantivo” para utilizar métodos educativos alternos (i.e a distancia) dentro del alcance de su estado de acreditación institucional.
La Certificación Núm. 40 (2019-2020) de la Junta de Gobierno aprobó el Registro de las Ofrecimientos Académicos vigentes en la institución con los cambios y correcciones endosados por dicho cuerpo, bajo los nombres oficiales de las respectivas unidades institucionales, sus clasificaciones vigentes de acuerdo a los criterios de la Carnegie Foundation for the Advancement of Teaching, y organizados de acuerdo a su naturaleza bajo las facultades, colegios, escuelas o departamentos que ofrecen las respectivas concentraciones, especialidades o programas.
Este Registro se mantiene continuamente actualizado incluyendo los nombres oficiales de los grados o programas; las certificaciones o documentos de creación, cambio, o descontinuación; codificaciones y otras especificaciones pertinentes, conforme a los criterios, estándares, métricas y normas aplicables. Todo programa a ofrecerse a distancia, en línea, acelerado o cualquier otra nomenclatura, también tiene que ser autorizado en el Registro y formar parte de la Licencia de la UPR.
Específicamente, el Artículo 26, Sección 26.3 del nuevo Reglamento para el Licenciamiento de Instituciones de Educación Postsecundarias en Puerto Rico (Certificación Núm. 9272 del 23 de abril de 2021), dispone y citamos – Se refiere al cambio de la modalidad de enseñanza de un ofrecimiento académico de la modalidad presencial a distancia o viceversa. El cambio de modalidad se determinará cuando un 50% o más de los cursos se ofrezcan en alguna de las modalidades -. Por ello, cada programa académico creado y licenciado por la JIP como uno presencial, no debe exceder el 50% de la totalidad de los cursos-secciones que habilitan su secuencia curricular en otras modalidades, toda vez que “convertiría de facto” la modalidad del programa a otra no autorizada.
El realizar una modificación o alteración en la oferta de cursos- secciones que incida en un cambio en las condiciones de la licencia de cada programa, según autorizado, hace vulnerable a la institución a señalamientos de licenciamiento y acreditación. Al presente, el Recinto de Río Piedras cuenta con tres programas de maestría aprobados por la JIP y que figuran en la Licencia de la UPR para ofrecerse completamente en línea: Programa de Maestría en Ciencias de la Información, Programa de Maestría en Administración de Empresas (Trimestral) y el Programa de Maestría en Oralidad en el Sistema Penal (LL.M.).
Cabe destacar que, el tener los prontuarios de los cursos que forman parte de los programas presenciales ya aprobados en varias modalidades (híbridos, a distancia, en línea) y registrados en el Archivo Maestro de Cursos de la UPR y en el Sistema de Información Estudiantil (SIE), permite que éstos puedan utilizarse para responder a necesidades curriculares de programas creados en otras modalidades o atender emergencias e interrupciones por instancias superiores.
Por definición en la Certificación 33 del 2020-2021, los profesores que ofrecen cursos-secciones presenciales tienen hasta un máximo del 25% del total de las horas contacto del curso para ofrecerlo asistido con herramientas tecnológicas. Por ejemplo, un curso de 3 créditos/45 horas contacto, puede ofrecer 11.25 horas a distancia o en línea a lo largo del semestre o trimestre. Esta información debe estar contenida de forma explícita en la distribución de tiempo del prontuario del curso desde el inicio de la sesión académica.
Es importante aclarar a los profesores que la aprobación del prontuario de un curso presencial en varias modalidades no es una autorización para que su ofrecimiento sea discrecional o variado en modalidad en cada sesión académica. Les recordamos que los docentes asignados a ofrecer cursos en modalidad no presencial, deben haber aprobado uno de los certificados de capacitación sobre la construcción de ambientes virtuales de aprendizaje ofrecidos en el Recinto por el Centro de Excelencia Académica (CEA) o la División de Educación Continua y Estudios Profesionales (DECEP).
Hacemos un llamado para que tomen en consideración la información provista al preparar la oferta académica de programas y cursos-secciones para el Primer Semestre del Año Académico 2022-2023. Es importante que también compartan esta Circular en sus unidades con aquellos que participan en la preparación de la oferta.
Les solicitamos que antes de someter la Oferta Académica el martes 15 de marzo , hagan una revisión de los cursos a incluir en la programación y las modalidades asignadas, de manera que puedan cumplir con la normativa antes mencionada.
Se incluyen dos anejos, uno para que el director del Departamento o Programa refrende que revisó la Oferta Académica preparada y que ésta cumple con lo dispuesto en la normativa y otro, para que usted como Decano de Facultad o Director de Escuela certifique que la totalidad de la Oferta Académica elaborada en su unidad está sujeta a lo dispuesto. La certificación del Decano o Director de Escuela deberá someterse con la oferta académica el martes 15 de marzo.
Agradecemos su atención a esta solicitud ya que nos ayudará a cumplir como Institución con la normativa a la que estamos sujetos.
Certificacion Director oferta academica primer semestre 2022-2023 – CIRCULAR 008, 2021-2022
Certificacion Decano oferta academica primer semestre 2022-2023 – CIRCULAR 008, 2021-2022