Circular 19 (2023-2024) Estudios de Necesidades y solicitud de plazas docentes según el Plan de Reclutamiento Docente del Año Académico 2024-2025 del Recinto de Río Piedras
6 de marzo de 2024
CIRCULAR 19, 2023-2024
DECANAS Y DECANOS DE FACULTADES Y ESCUELAS, Y DIRECTORAS Y DIRECTORES DE PROGRAMAS
Mirerza González Vélez, Ph.D.
Decana
ESTUDIO DE NECESIDADES Y SOLICITUD DE PLAZAS DOCENTES SEGÚN EL PLAN DE RECLUTAMIENTO DOCENTE DEL AÑO ACADÉMICO 2024-2025 DEL RECINTO DE RÍO PIEDRAS
A. Preámbulo
Mediante el Seriado R-2324-30, emitido el 23 de febrero de 2024, el Dr. Luis A. Ferrao Delgado, Presidente de la Universidad de Puerto Rico (UPR), solicita a los rectores y rectoras someter un plan actualizado de reclutamiento o estudio de necesidades de docentes de mayor prioridad con el propósito de cumplir con el Plan Fiscal de la UPR que establece un incremento autorizado de un 3% en la nómina docente.
En las siguientes páginas se presentan las directrices e indicadores a aplicar para desarrollar las justificaciones por programa o departamento académico, del cual se soliciten las plazas. Estos planes deberán fundamentarse en el análisis de los datos sobre el estado actual y tendencias de los programas académicos actuales y en desarrollo, sus fortalezas y los recursos del Sistema UPR. Con este objetivo la oficina del presidente estableció un esquema o estructura de presentación de datos (véase Anejo A adjunto a la carta [R-2324-30 Anejo Tablas Plan Reclutamiento]) que se describe a continuación:
- Presentación de un resumen ejecutivo
- Descripción de la Unidad
- Presentación de datos de acuerdo a los indicadores destacados por Presidencia
a. Resumen estadístico histórico sobre cupo, cantidad de solicitantes, admitidos y matriculados de los programas académicos (Descrito en el documento en Excel como Metodología)
b. Cantidad de estudiantes atendidos anualmente y docentes contratados anualmente (Descrito en el documento en Excel como Justificación)
Este Estudio y Plan de Reclutamiento Docente debe enviarse al Decanato de Asuntos Académicos (DAA) en o antes del 11 de abril de 2024. Ello, con el objetivo de cumplir con la encomienda asignada por la Rectora, Dra. Angélica Varela Llavona, a este decanato para preparar el Plan de Reclutamiento Docente 2024-2025 para su evaluación o consideración y aprobación.
Las unidades académicas, sustentadas en los datos e información de sus respectivos programas académicos y unidades de servicio, identificarán sus necesidades de reclutamiento docente y someterán al DAA una prelación en la solicitud de la(s) plaza(s). Este ejercicio requiere además de las unidades una reflexión crítica en torno a cómo sus prioridades de reclutamiento permiten el cumplimiento de sus planes de desarrollo vigentes, al igual que la viabilidad de aquellos reclutamientos que requieren de recursos adicionales cónsonos con el perfil del/la docente a reclutar. Por otro lado, en el proceso de análisis de las necesidades, justificaciones y prioridades a ser definidas por las unidades académicas, el Decanato de Estudios Graduados e Investigación (DEGI) estará a cargo de la evaluación de las solicitudes de los programas graduados, y a su vez someterá sus recomendaciones al DAA.
B. Responsabilidad de la Unidad Académica[1] o Unidad de Servicio[2]
El Decano(a) o Director(a) de Escuela y el Comité de Personal de la Unidad Académica será responsable de someter la solicitud de las plazas de su unidad al DAA mediante la tabla “Solicitud de Plazas Docentes” (Anejo B). Este documento deberá estar firmado por el Decano(a) de Facultad o Director(a) de Escuela o de la unidad de servicio de la plaza solicitada y el presidente del Comité de Personal.
Debido a que las plazas a solicitar son limitadas y, siendo la unidad la que mejor conoce el estado de situación de sus programas académicos o servicios, les corresponde identificar y establecer las prioridades para el reclutamiento. En caso de solicitar más de una plaza, el Decano(a) o Director(a) certificará con su firma el orden de prelación de las mismas.
La unidad deberá aplicar los siguientes criterios al establecer el orden de prioridad en sus solicitudes:
- Programas o unidades acreditados con evidencia de señalamientos de la agencia acreditadora por no cumplir con los estándares relacionados únicamente con la suficiencia de docentes con plaza (tenure o tenure-track).
- Programas o unidades acreditados con evidencia de señalamiento de aumentar los docentes (con o sin plaza) u otro criterio de acreditación y, en análisis corroborable de la unidad, se demuestra la necesidad de reclutamiento con plaza para atender el señalamiento.
- Programas o unidades acreditados que no cumplen con la prioridad #1 y #2, pero que proyectan para los años académicos 2024-2025, 2025-2026 y 2026-2027 (tres años académicos) que podrían tener señalamientos de la agencia acreditadora de incumplimiento con los estándares por falta de docentes con plaza.
- Programas o unidades (que no les aplica la prioridad #1, #2 o # 3), que son únicos en el Sistema UPR y que hayan realizado una revisión curricular del programa o creado un nuevo programa por los pasados cinco (5) años que requieran mayor cantidad de docentes con plaza y no hayan obtenido ninguna plaza en los planes de reclutamiento docente anteriores.
- Programas o unidades (que no les aplica la prioridad #1, #2 o # 3), que son únicos en el Sistema UPR cuya área la unidad evidencie que es de difícil reclutamiento, y que no hayan obtenido ninguna plaza en los dos planes de reclutamiento docente anteriores, y su proporción de estudiantes /profesor demuestran un alza consistente en los últimos cinco (5) años debido a un aumento de estudiantes activos vs. una disminución progresiva de docentes con plaza.
- Programas o unidades (que no les aplica la prioridad #1, #2 o #3), que son únicos en el Sistema UPR y cuya contribución a la producción intelectual y obtención de fondos externos es sobresaliente en comparación a los otros programas del Recinto, y no hayan obtenido ninguna plaza probatoria en los planes de reclutamiento docente anteriores.
- Programas o unidades (que no les aplica la prioridad #1 o #2), que son únicos en el Sistema UPR y cuya demanda (matrícula) ha tenido un incremento constante en los últimos cinco (5) años y no hayan obtenido ninguna plaza probatoria en los planes de reclutamiento docente anteriores.
Cualquier otra prioridad a ser utilizada por la unidad, académica o de servicio debe ser justificada con datos y explicada en la solicitud de plazas docentes.
C. Estudio de Necesidades de Reclutamiento Docente
El estudio de necesidades de los programas académicos y de los servicios aportará los datos a ser analizados para sustentar la toma de decisiones (data-driven decisions) sobre el uso de los recursos en las prioridades identificadas y el mejoramiento sostenido de la institución. Además, se evidencia el cumplimiento sostenido del Standard VI: Planning, Resources, and Institutional Improvement, Criterion 9: Periodic assessment of the effectiveness of planning, resource allocation, institutional renewal processes, and availability of resources, de la Middle States Commission on Higher Education.
El DAA, a través de la División de Investigación Institucional y Avalúo (DIIA), apoyará a las unidades proporcionando datos que les permitirán hacer un análisis de la situación particular de sus programas académicos y de las tendencias marcadas en los últimos cinco (5) años. La DIIA cuenta con datos estadísticos tales como: a) estudiantes: nuevo ingreso (cupo, solicitantes, admitidos y matriculados), matrícula total anual y total anual de graduados; b) cursos: cupo según la clasificación del curso y secciones por semestre (a cupo, sobre cupo y bajo cupo); c) profesores/as: plaza regular (total y número de profesores/as con 25 años o más de trabajo), contratos a tiempo completo y contratos a tiempo parcial (número de créditos); d) sustituciones de tarea: investigación/creación, administración/dirección, coordinación, otros; e) compensaciones adicionales; f) FTE (tarea de los profesores/as regulares y por contrato). El Decanato de Estudios Graduados e Investigación proveerá datos, tales como: a) logros en la investigación; b) búsqueda y obtención de fondos externos.
A los fines de fomentar la reducción de la toma de decisiones sin justificación y de promover un proceso justo y transparente, a continuación, se establecen los indicadores o criterios mínimos uniformes para el desarrollo del estudio de necesidades que sustentará las solicitudes de las plazas docentes para las Facultades y Escuelas, y unidades académicas. También, se incluyen los indicadores mínimos aplicables a las solicitudes de plazas docentes del Sistema de Bibliotecas y del Departamento de Consejería y Desarrollo Estudiantil (DCODE), unidades de servicios, del Recinto de Río Piedras.
Todas las solicitudes deberán estar acompañadas de los datos o información de los últimos cinco (5) años: 2019-2020, 2020-2021, 2021-2022, 2022-2023 y 2023-2024.
1. Unidades Académicas: Facultades y Escuelas
a. Indicadores mínimos sobre demanda y oportunidad de crecimiento del programa académico para el que solicita la(s) plaza(s)
- Frecuencia o tiempo de contratación de profesores/as
- Cantidad de personal docente desglosado por tipo de nombramiento: permanentes, probatorios, temporeros a tiempo completo y parcial
- En caso de profesores/as permanentes, un desglose de años de servicio y año en que esperan jubilarse
- Cantidad y área de especialidad de profesores/as jubilados
- Cantidad de estudiantes matriculados en el programa en comparación con los pasados cinco (5) años del programa
- Comparación de secciones creadas en los últimos cinco (5) años relativos a la cantidad de profesores disponibles
- ¿De qué manera la(s) plaza(s) solicitada(s) se vincula(n) con el resto del Sistema UPR y maximiza el recurso docente existente? Se espera evidencia de gestiones o esfuerzos para auscultar la posibilidad de que la necesidad pueda ser cubierta con docentes disponibles en el Sistema UPR.
- ¿Cómo la plaza potencia el desarrollo de nuevas tendencias y oportunidades para el programa y para el Recinto? ¿Cuántas secciones adicionales se abrirán, cuántos nuevos estudiantes podrán admitirse?
- ¿Cuántos estudiantes de otros recintos/unidades en programas de traslado articulado se beneficiarán de la otorgación de esta la plaza
b. Indicadores mínimos sobre tendencias del programa académico para el que solicita la(s) plaza(s):
- Número de estudiantes matriculados en el programa relativo al número de docentes en los pasados cinco (5) años
- Comparación de secciones creadas en los últimos años en relación a la cantidad de profesores/as
- última evaluación periódica del programa y resultado de la misma (cumplimiento cabal con la Certificación Núm. 45, 2019-2020, de la Junta de Gobierno, Reglamento para la Evaluación Periódica de Programas Académicos de la Universidad de Puerto Rico
- Grados conferidos
- Tasa de graduación del programa
- Tasa de colocaciones del programa (indicador de empleabilidad)
- Publicaciones
- Cantidad de publicaciones de los docentes del programa desglosada por año
- Cantidad de publicaciones en revistas arbitradas que se podrían generar como resultado de la autorización de la(s) plaza(s).
- Fondos externos
- Cantidad de fondos externos obtenidos por el programa desglosada por año
- Fondos allegados promediados que la(s) plaza(s) autorizada podría ingresar al Recinto
- Proporción de estudiantes-docentes, por periodo académico, en cada departamento
- Promedio de créditos dedicados a enseñanza por profesor, por periodo académico
- Distribución de la carga total del departamento dedicada a la enseñanza, investigación y labor creativa
- Proporción de secciones de cursos que atendieron 20 estudiantes o más
- Profesores/as asignados a tareas administrativas en relación con el número de profesores/as adscritos al departamento
- Demostrar potencial de desarrollo de nuevas tendencias y oportunidades de crecimiento del programa académico
C. Indicadores mínimos en el área de investigación y creación:
- Necesidad o demanda (investigadores que atenderán asuntos críticos de nuestra sociedad y que puedan atraer recursos externos para la UPR)
- Necesidad económica u oportunidad de inversión (investigadores que pueden potenciar la inversión/economía de Puerto Rico)
d. En el caso de programas acreditados deberán someter, además, la siguiente información:
- Estándares y criterios de acreditación con los que el programa basa su solicitud de plazas docentes
- Informe de la agencia acreditadora de la última visita
- Cartas o informes más recientes de parte de la agencia acreditadora que documenten los señalamientos
- Tasas de aprobación en las reválidas profesionales, si aplica
- Carta de la agencia que consigne la fecha del próximo autoestudio y visita
2. Unidades de Servicio: Sistema de Bibliotecas y DCODE
Para el reclutamiento de plazas en las unidades de servicio, como lo son el Sistema de Bibliotecas y Departamento de Consejería para el Desarrollo Estudiantil (DCODE), se establecen los siguientes indicadores mínimos uniformes para acompañar las solicitudes y llevar a cabo el proceso de evaluación.
Todas las solicitudes deberán estar acompañadas de los datos o información de los últimos cinco (5) años: 2019-2020, 2020-2021, 2021-2022, 2022-2023 y 2023-2024.
- ¿En qué medida el nuevo recurso haría posible la innovación en los servicios?
- Tendencia de cantidad de estudiantes que reciben el servicio
- Proyección de los estudiantes a los que se espera servir en los próximos tres años junto con la explicación de las premisas en las cuales se basa la misma
- Cantidad del personal docente desglosado por tipo de nombramiento: permanentes, probatorios, temporeros a tiempo completo y tiempo parcial
- En el caso de docentes permanentes, un desglose de años de servicio y año que esperan jubilarse
- Cantidad de docentes jubilados
- Cantidad de publicaciones de los docentes de la unidad desglosada por años
- Cantidad de fondos externos obtenidos por la unidad desglosada por año
En el caso de las unidades de servicio acreditadas se requiere someter, además, la siguiente información:
- Estándares y criterios de acreditación en los que el programa base su solicitud de plazas probatorias
- Informe de la agencia acreditadora de la última visita
- Cartas o los informes más recientes de parte de la agencia acreditadora (de cualquier tipo)
- Tasas de aprobación en las reválidas profesionales, si aplica.
- Carta de la agencia que consigne la fecha del próximo autoestudio y visita
E. Análisis de solicitudes de plazas en las unidades académicas
Cada unidad académica será responsable de evaluar las solicitudes y estudios de necesidades de reclutamiento docente de cada uno de sus programas o unidades y determinará su prioridad y el orden de prelación asignada a cada una. Presentará al DAA su solicitud de plazas, justificando la misma y el orden de prelación asignado. Las solicitudes incompletas serán devueltas.
F. Trámite
Las solicitudes de las plazas docentes, tanto para las unidades académicas como de servicio, se enviarán en la tabla “Solicitud de Plazas Docentes” a la siguiente dirección electrónica: daa.rp@upr.edu.
Reiteramos que la fecha límite para someter las solicitudes al Decanato de Asuntos Académicos (DAA) es el 11 de abril de 2024.
G. Verificación de cumplimiento
Una vez las unidades académicas y de servicio sometan las solicitudes al DAA, éste procederá a verificar que la información está completa y que se utiliza la tabla “Solicitud de Plazas Docentes” (Anejo B). No se darán por recibidas las solicitudes que incumplan con el formato establecido en la tabla provista, no tengan las firmas requeridas o no incluyan toda la información solicitada en la sección C, de este documento.
El DAA enviará al Decanato de Estudios Graduados e Investigación (DEGI) las solicitudes de plazas probatorio de los programas graduados para su evaluación y recomendación de otorgación. Las solicitudes de los programas subgraduados las evaluará directamente el DAA. Una vez finalizado toda la evaluación del DEGI y del DAA, el DAA le someterá su recomendación a la Rectora mediante un ESTUDIO DE NECESIDADES, quien emitirá su decisión final mediante el Informe del Plan de Reclutamiento Docente 2024-2025: Estudio de Necesidades del RRP no más tarde del 13 de mayo de 2024, a ser enviado al VPAAI.
H. Calendario de Trabajo (sujeto a cambios, de ser necesario)
Fecha | Actividad |
6 de marzo de 2024 | Envío a las facultades, escuelas, Sistema de Biblioteca y DCODE de la comunicación y calendario de trabajo para el Plan de Reclutamiento Docente Año Académico 2024-2025 |
11 de abril de 2024 | Facultades y escuelas envían al DAA el Estudio de Necesidades y el Plan de Reclutamiento 2024-2025 (incluyendo los anejos A y B) para solicitar y justificar su petición. |
12 al 19 de abril de 2024 | DAA y DEGI, análisis de los estudios de necesidades (documentos) y prioridades de las plazas solicitadas; redacción de informe preliminar a someter a la Rectora |
22 de abril de 2024 | Presentación del DAA a la Rectora de los resultados del Plan de Reclutamiento Docente 2024-2025: Estudio de Necesidades |
6 de mayo de 2024 | Envío a Vicepresidencia de Asuntos Académicos e Investigación del Informe del Plan de Reclutamiento Docente 2024-2025: Estudio de Necesidades |
[1] Unidad Académica, se refiere a Facultades y Escuelas
[2] Unidad de Servicio, se refiere a Sistema de Bibliotecas y Departamento de Consejería y Desarrollo Estudiantil (DECODE)
Anejo
Anejo A R-2324-30 Anejo Tablas Plan Reclutamiento
Anejo B Circular 19 2023-2024 DAA solicitud plazas docentes año 2024 25 rev 10 04 23
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