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Circular 11 (2024-2025) Desarrollo de la oferta de cursos anual (Verano 2025, Primer y Segundo Semestre 2025-26 y Verano 2026)

7 de febrero de 2025

CIRCULAR 011 (2024-2025)

DECANAS Y DECANOS, DECANAS Y DECANOS ASOCIADOS, DECANAS Y DECANOS AUXILIARES EN ASUNTOS ESTUDIANTILES Y DIRECTORAS Y DIRECTORES DE ESCUELAS

Mirerza González Vélez, Ph.D.
Decana

Angélica Varela Llavona, Ph.D.
Rectora

DESARROLLO DE LA OFERTA DE CURSOS ANUAL (VERANO 2025, PRIMER Y SEGUNDO SEMESTRE 2025-2026, Y VERANO 2026)

El Recinto de Río Piedras de la Universidad de Puerto Rico lleva a cabo el desarrollo de su oferta académica en cumplimiento con la reglamentación, políticas institucionales y normativas aplicables. El proceso y sus parámetros están contenidos en el documento titulado Guía Planificación Académica: Diseño de la Oferta de Cursos para una Sesión Académica Anual.  Con el objetivo de facilitar la planificación de la oferta de cursos para el año académico 2025-2026, el Decanato de Asuntos Académicos (DAA) solicita a las facultades y escuelas la proyección de cursos para el verano 2025, el primer y segundo semestre de 2025-2026, así como la de verano 2026. La fecha límite para que las facultades y escuelas sometan al DAA la oferta académica anual es el martes, 18 de marzo de 2025. Esta oferta debe presentarse completando el formulario electrónico Informe oferta anual: Primer y Segundo Semestre 2025-2026, Verano 2025 y Verano 2026.

Sobre la oferta de verano 2025, debe actualizarse y subir nuevamente al formulario, pues será la versión que finalmente se le enviará a la División de Educación Continua y Estudios Profesionales (DECEP) para la programación de cursos.

El formulario electrónico disponible para planificar la oferta anual permite descargar (download) y subir (upload) los siguientes formularios:

  • Anejo 1- Cursos que forman parte de la oferta para el primer y segundo semestre (anejo a y b, respectivamente)
  • Anejo 2- Lista de cursos que no se repetirán en el semestre subsiguiente (primer y segundo semestre –anejo a y b, respectivamente)
  • Anejo 3- Tabla de distribución de cursos por día y hora para el primer y segundo semestre (anejo a y b, respectivamente)
  • Anejo 4- Tabla de distribución de cursos por día y hora de laboratorios, en los casos que aplique, para el primer y segundo semestre (anejo a y b, respectivamente)
  • Anejo 5- Tabla para informar la oferta de verano 2025 y verano 2026 (anejo a y b, respectivamente).

El proceso de diseño de la oferta se ajusta a las «directrices de aplicación uniforme en el Sistema de la Universidad de Puerto Rico para los fines de “acreditación y equivalencia de cursos de educación general o básicos”, criterios de sustitución de tarea docente, y “criterios para la programación de matrícula subgraduada”» (R-2122-64, R-2122-65, R-2122-66 y R2223-24).

A continuación, aspectos destacados sobre el proceso del diseño de la oferta académica:

 

  1. Para determinar la cantidad de secciones por curso a incluir en la programación académica, se deben considerar las directrices de los seriados y de la Oficina de Planificación Presupuestaria (OPP), así como la cantidad de estudiantes por programa y su año de estudio; y priorizar en los cursos que responden a la secuencia curricular conducente a grado.
  2. Cada facultad o escuela someterá electrónicamente al DAA la tabla de distribución de cursos y la lista de los cursos informados a las, los y les estudiantes, que la unidad ofrecerá en el primer semestre 2025-2026, y destacará aquellos que no repetirá el segundo semestre 2025-2026 (Anejo 1). Esta aclaración ayudará a las, los y les estudiantes a confeccionar su programa y a seleccionar aquellos cursos que les permitirán adelantar en su secuencia.
  3. La programación de la oferta académica debe evitar los conflictos de horarios y atender una mayor diversidad de perfiles y necesidades estudiantiles (Circular 05, DAA 2003-2004).
  4. Les recordamos que la asesoría académica es necesaria para guiar a las, los y les estudiantes en la selección de los cursos a matricular.
  5. La planificación efectiva al inicio del proceso proveerá a las, los y les estudiantes la oportunidad de cumplir con la secuencia curricular para completar el grado, y disminuirá el cierre de secciones al final del proceso de matrícula, y sus implicaciones.
  6. En relación con los cursos, es compulsorio indicar la modalidad de cada sección en las pantallas correspondientes en el Sistema de Información Estudiantil, según las definiciones de la Guía para la creación uniforme y registro de cursos en la UPR (Cert. 125, 2023-24, JG que enmienda la Cert. 33, 2020-2021). Esto para asegurar que el estudiantado conozca la modalidad del curso antes de Igualmente, la planificación académica efectiva resulta en condiciones favorables para la retención estudiantil, particularmente de las, los y les estudiantes subgraduados de nuevo ingreso.
  7. El diseño de la oferta debe permitir el adecuado y efectivo cumplimiento de la solicitud de la rectora, doctora Angélica Varela Llavona (Circular Núm. 1, Año Académico 2023-24, del 9 de agosto de 2023), a los efectos de «que las, los y les estudiantes de nuevo ingreso no estén matriculados en secciones híbridas, a distancia y en línea, con excepción de que lo hayan solicitado».
  8. La Circular 4, DAA 2006-2007, especifica que «el cupo máximo de las secciones se establezca y se uniforme en las pantallas para que la totalidad de los asientos se hagan disponibles», por lo que no se pueden cambiar los cupos en la pantalla del SIE, y estos debe estar atados a lo dispuesto en el Anejo 4 del formulario: Solicitud creación codificación y registro cursos que se incluyen en la Guía para la creación uniforme y registro de cursos en la UPR. Igualmente, para cada curso que aparece en la oferta académica tiene que colocarse el cupo en cada sección, utilizando los parámetros propuestos en el anejo a este Cualquier cambio a los cupos debe justificarse al Decanato de Asuntos Académicos.
  9. El 26 de marzo de 2025 es la fecha límite para que las facultades sometan a la Oficina del Registrador los horarios de clases para el primer semestre 2025-2026. Según el calendario académico, la prematrícula para el periodo de verano 2025 ocurrirá del 9 al 17 de abril de 2025. La prematrícula para el primer semestre 2025-2026 será del 1 al 9 de mayo de 2025. Los procesos de prematrícula antes mencionados considerarán los turnos establecidos por la Oficina del Registrador.
  10. Se incluye como anejo la reglamentación y prácticas que deben seguir en la preparación de la oferta y programación académica, así como el itinerario de trabajo en atención a este asuntos.

Exhortamos a las decanas y decanos de Facultad, y directoras y directores de Escuelas y Departamentos a que diseñen una programación que permita conciliar efectivamente la necesidad estudiantil con la gestión académica y administrativa.

Agradecemos el fiel cumplimiento de estas directrices.

Anejos-Reglamentaciónes y prácticas que deben seguirse en la preparación de la programación académica:

Docentes (regulares y nombramientos temporeros)

  1.  La oferta académica debe ser distribuida, en primer lugar, entre los docentes de plantilla regular.
  2. Las compensaciones adicionales se deberán otorgar siguiendo las normas La Certificación 69 (1995-1996) de la Junta Administrativa establece que los docentes a tarea completa podrán recibir hasta un máximo de 9 créditos o 27 horas adicionales. La Circular 50 de la Oficina del Rector (2001-2002) establece que toda compensación adicional deberá estar justificada por la necesidad institucional y autorizada antes del ofrecimiento de los servicios. Los criterios para otorgar el exceso de créditos por compensación están incluidos en la Certificación 40, JA (2001-2002). La consideración de casos especiales y justificados para compensaciones que excedan los límites establecidos por la Junta Administrativa corresponde al Decanato de Asuntos Académicos (Cert. 40, JA 2001-2002), antes de comenzar las clases.
  3. En el caso de los docentes en funciones administrativas, la carga académica adicional no excederá de 6 créditos. Las compensaciones deberán estar debidamente autorizadas antes del inicio del semestre por Rectoría (RGUPR 11 y la Circular del Rector del 14 de febrero de 2019).
  4. Al otorgar las sustituciones de tarea, se deben considerar las medidas dirigidas a optimizar los recursos humanos y fiscales durante el proceso de otorgación de las La otorgación de sustitución de tareas debe estar acorde con el Seriado R-2122- 65, Criterios para la otorgación de sustitución de tarea al personal docente. La Certificación 145 (2014-2015) de la JG (Medidas para Optimizar el Uso de los Recursos Disponibles de la UPR Mediante la Restructuración de Procesos y Prácticas Institucionales) en la Meta y Objetivo uno, establece el propósito de «optimizar la distribución y uso de todos los recursos disponibles de la Universidad de Puerto Rico, generando estrategias concretas, cónsonas con su misión y vinculadas al desarrollo del país, asumiendo la rendición de cuentas como parte inherente a su quehacer diario. Sistémicamente, la UPR evaluará y ampliará su oferta académica y de investigación, en sintonía con las mejores culturas universitarias, ajustándose por medio de la tecnología a las mejores prácticas universitarias y a sus balances presupuestarios». En el Objetivo 3, establece la necesidad de «evaluar, a la luz de las prácticas en universidades comparables a la UPR, las políticas de incentivos para la investigación con el fin de establecer un método de aplicación uniforme, que considere la investigación como parte esencial de la misión educativa de la institución. Dicho método debe considerar diferencias en el alcance de las investigaciones, garantizar que no menoscaba la calidad y las opciones en la oferta académica a los estudiantes, y cumplir estrictamente con la normativa institucional y federal».
  5. La distribución de la carga académica al personal docente en nombramiento probatorio debe estar acorde con su carta contractual y cumplir con lo establecido en la Certificación 27 de la JA (2022-23). Todo docente debe tener la oportunidad de desarrollarse en las áreas de investigación, enseñanza y servicio, por lo que se debe mantener un balance en la carga regular atribuida a estos docentes al asignarles tareas administrativas, de ser necesario.

Cursos

  1. La programación deberá mostrar una distribución equilibrada de los cursos en cuanto a modalidad y horarios repartidos desde las 7:00 am hasta las 10:00 pm de lunes a jueves, y, al menos, hasta las 3:00 m. los viernes y los sábados. La combinación de los días puede ser diversa, de una hora tres días a la semana, hora y media dos días a la semana, tres horas un día, salvaguardando la utilización efectiva de los recursos y las clases de los viernes y sábados. Recuerde planificar su oferta tomando en consideración la hora universal los lunes y miércoles de 11:30 a.m. a 12:50 p.m, según la Circular 16(2023-24) DAA – Segundo Periodo Hora Universal.
  2. Solo se autorizará la creación de secciones adicionales una vez se evidencia que aquellas programadas para los cursos han alcanzado el cupo máximo establecido conforme a la normativa vigente, y/o previa autorización del DAA (Criterios para la programación de matrícula subgraduada Seriado R-2122-66 y Certificación 57, SA, 2015-2016).
  3. Las Facultades y Escuelas determinarán si prepararán listas de espera que justifiquen la apertura de secciones De ser así, solicitarán al DAA la autorización para abrir las secciones con la lista de estudiantes y la justificación académica, utilizando el formulario electrónico provisto por el DAA.

La siguiente tabla establece los cupos mínimos para las secciones subgraduadas y graduadas en MODALIDAD PRESENCIAL, es decir, los cupos necesarios para mantener las secciones abiertas. Los cupos máximos, en cambio, responden a lo establecido cuando se creó o modificó el curso. Por lo tanto, el hecho de que las secciones lleguen a los cupos mínimos no constituye una justificación para abrir secciones adicionales.

 

Naturaleza del Curso (Presencial)

 
Cupos mínimos según la naturaleza del curso.
Nivel SubgraduadoNivel Graduado
ÚnicaMúltipleÚnicaMúltiple
Lecture/Conferencia1825610
Lecture/Conferencia con experiencia de laboratorio integrada1820610
Lecture/Conferencia con práctica o internado integrado1820510
Seminario11518510
Taller215185 310
Laboratorio1518510
Práctica1111
Internado1111
Estudio independiente1111
Tesis/Disertacionesn/an/a11
Exámenes de gradon/an/a11

La siguiente tabla establece los cupos mínimos para las secciones subgraduadas y graduadas en MODALIDAD HÍBRIDA, A DISTANCIA O EN LÍNEA.

Naturaleza del Curso (Hibrido, a distancia, en línea) 
Cupos mínimos según la naturaleza del curso.
Nivel SubgraduadoNivel Graduado
ÚnicaMúltipleÚnicaMúltiple
Lecture/Conferencia1520810
Lecture/Conferencia con experiencia de laboratorio integrada1518810
Lecture/Conferencia con práctica o internado integrado1518810
Seminario41215810
Taller510105 610
Laboratorio1010510
Práctica1111
Internado1111
Estudio independiente1111
Tesis/Disertacionesn/an/a11
Exámenes de gradon/an/a11

1 Al igual que los Talleres, aplica a secciones de cursos en horarios nocturnos y sabatinos.

2 En caso de que el curso requiera el uso de la computadora u otro equipo relacionado con la estrategia de enseñanza, según establecido como parte de la Creación, Codificación Uniforme y el Registro de Cursos, se considerará la cantidad disponible de dicho equipo en el salón para establecer el cupo. Aplica a los laboratorios.

3 Se considerará mínimo el 90% del equipo para el taller o laboratorio. Aplica para nivel subgraduado y graduado.

4 Al igual que los Talleres, aplica a secciones de cursos en horarios nocturnos y sabatinos.

5 En caso de que el curso requiera el uso de la computadora u otro equipo relacionado con la estrategia de enseñanza, según establecido como parte de la Creación, Codificación Uniforme y el Registro de Cursos, se considerará la cantidad disponible de dicho equipo en el salón para establecer el cupo. Aplica a los laboratorios.

6 Se considerará mínimo el 90% del equipo para el taller o laboratorio. Aplica para nivel subgraduado y graduado.

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