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Circular 4 (2024-2025) Cumplimiento normativa para la creación y modificación de cursos

22 de agosto de 2024

 

CIRCULAR 004, 2024-2025

DECANAS Y DECANOS DE FACULTAD, DIRECTORAS Y DIRECTORES DE ESCUELAS, DECANAS Y DECANOS ASOCIADOS

 

Mirerza González Vélez, Ph.D.
Decana

CUMPLIMIENTO CON LA NORMATIVA PARA LA CREACIÓN O MODIFICACIÓN DE CURSOS  

Mediante la Certificación Núm. 125, 2023-2024 la Junta de Gobierno –Guía para la creación, codificación uniforme, registro y otras acciones de cursos en la UPR– enmendó la Certificación Núm. 33, 2021-2022, estableciendo, entre otros aspectos, un calendario de solicitudes de cursos en la VPAAI, la definición de cursos a distancia, y establecer e incluir el principio de diversidad, equidad e inclusión. A base de ello, el DAA estableció el 30 de septiembre de 2024 como fecha límite para recibir las solicitudes de creación o modificación de cursos que la Unidad interesa que estén disponibles y activos para el primer semestre del año académico 2025-2026.

La Guía busca salvaguardar la integridad institucional y asegurar “la congruencia entre el Archivo Maestro de Cursos de la UPR (AMC) con el archivo de cursos en el sistema de cada unidad” (p.1). El ejercicio de creación o modificación de cursos requiere rigurosidad en cuanto al contenido y organización, lo cual se logra mediante una codificación uniforme dirigida a la materia que tratan, su nivel y su secuencia. De esta manera, se garantiza mayor agilidad en procesos de traslados, equivalencias, convalidaciones y sustituciones.

Con el interés de facilitar la información sobre los procesos y documentos que debe completar cada proponente que solicita la creación o modificación de cursos, el DAA actualizó las normativas para la creación o modificación de cursos en la página electrónica. A continuación, se resumen algunos aspectos que deben ser considerados para encaminar efectivamente la preparación de los documentos de solicitud:

  • La VPAAI emitió una directriz para detener las acciones de cursos que incluyan modalidades híbridas, a distancia y en línea en programas autorizados para ser ofrecidos presencialmente. Por tanto, la VPAAI devolverá a la Unidad las solicitudes de estos tipos de cursos.
  • La creación de cursos debe estar atada a las propuestas de nuevos programas o cambios académicos a programas vigentes, incluyendo cumplir con requisitos de acreditación.
  • Para el trámite al DAA de solicitudes de creación o modificación de cursos, la propuesta y los documentos deberán contar con la aprobación de las diferentes instancias (Comité de Currículo y del Decano Asociado de Asuntos Académicos o el Decano de la Unidad que propone el curso) e incluir las certificaciones o anejos de la solicitud correspondiente establecidas en la Certificación 125, 2023-2024 JG.
  • Es vital la revisión con mucho detenimiento de los documentos generados en la solicitud para evitar erratas tipográficas (incluso gramaticales). Esta acción permitirá mayor agilidad en los procesos de revisión del DAA y de VPAAI, reduciendo el tiempo de trámite y evitando la necesidad de devolver los documentos a la Unidad para revisión y atención de las erratas.
  • Verificar que los documentos de solicitud están debidamente completados. El DAA no aceptará solicitudes incompletas.
  • Toda solicitud de creación o modificación de cursos requiere que presente el prontuario siguiendo el formato establecido en la Certificación 125. Para facilitar la redacción del prontuario, el DAA ha colocado los documentos modelos en la página web (plantillas modelos del prontuario de acuerdo a la modalidad del curso).
  • Al momento de someter los prontuarios a la VPAAI de los cursos en modalidad híbrida y en línea para programas académicos autorizados como ofrecimientos a distancia, deben estar desarrollados en la plataforma Moodle, que es la plataforma de gestión académica autorizada por el Recinto de Rio Piedras. Esta labor se coordina a través de la Unidad de Educación en Línea (adscrita a la DECEP) y Labcad (adscrito al Centro de Excelencia Académica del DAA) de nuestro recinto. Para información adicional sobre este asunto, debe comunicarse con la doctora Margie L. Álvarez Rivera, Decana Auxiliar de EaD del DAA (margie.alvarez@upr.edu).
  • A continuación, algunos aspectos que deseamos destacar al preparar el prontuario:
    • Se recomienda establecer un número limitado de objetivos de aprendizaje fundamentales y específicos que el estudiante alcanzará a través del curso (entre 5 o 6 objetivos, por ejemplo).  Se debe evitar tanto la presentación de muchos objetivos como la formulación de objetivos muy generales o ambiguos.
    • Emplear de manera consistente el estilo de redacción en su lista de referencias (Ej. APA, MLA, etc.)
    • Incluir la dirección (URL) de las referencias y/o DOI (de estar disponible).
    • Incluir las normativas institucionales establecidas en la plantilla modelo del prontuario. Se ha de incluir la normativa respecto de acomodo razonable, integridad académica, política de manejo de discrimen por sexo o género, además del principio de diversidad, equidad e inclusión y el plan de contingencia.

Agradecemos su atención y colaboración en este importante asunto.

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