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Circular 14 (2021-2022) Cumplimiento con las políticas y normativas aplicables

Circular Núm. 014 (2021-2022)

 

6 de junio de 2022

 

Decanos de Facultad y Directores de Escuela

 

Nivia A. Fernández Hernández, Ed. D
Decana Interina Asuntos Académicos

Cumplimiento con las Políticas y Normativas Aplicables

Como parte de un proceso evaluativo sostenido sobre la efectividad de las prácticas académicas y administrativas del Decanato de Asuntos Académicos (DAA), hemos identificado áreas que requieren de medidas puntuales para asegurar el cumplimiento con las políticas y normativas aplicables, así como para mejorar la efectividad y eficiencia de los procesos. A continuación, algunas de las prácticas que debemos observar:

Calendario:

Fecha límite Transacciones a tramitar al DAA
Primera semana de julio Segunda semana de noviembre -Cualificación   y    recualificación   de    tarea docente y las anuencias gerenciales

-Sustituciones de tareas (R1)

Tercera semana de septiembre Tercera semana de febrero -Solicitudes de creación o modificación de cursos
  1. Transacciones de personal docente:

a.Ascensos y permanencias

  • La fecha límite para que las Unidades sometan a la Secretaría de la Junta Administrativa las recomendaciones de ascenso en rango y permanencias están establecidas en el calendario publicado en la página de la Junta1.
  • En cumplimiento a la normativa del Recinto de Río Piedras, no se aceptarán expedientes sin las evaluaciones estudiantiles: “El proceso de evaluación estudiantil es parte fundamental del mejoramiento continuo de la labor docente. Los estudiantes del Recinto participarán en la evaluación de los docentes en cuyos cursos estén matriculados. Esta evaluación tiene un peso del 25% del criterio de calidad de enseñanza (Certificación Núm. 113, Año 2014-2015, SA). Es ello que, todos los docentes de enseñanza del Recinto de Río Piedras serán evaluados semestralmente por los estudiantes matriculados en todos sus cursos. Cada Facultad utilizará el instrumento de evaluación estudiantil según establecido en la Certificación Núm. 141, Año 2013-2014, SA., y podrá añadir incisos adicionales de estimarlo necesario2.”
  • La Circular 9 (2021-2022) del DAA3 establece los procesos de evaluación docente por parte de pares y estudiantes:
    • Certificación 113 (2014-2015) del Senado Académico del Recinto de Río Piedras – Guía General y Criterios para la Evaluación del Personal Docente del Recinto de Río Piedras de la Universidad de Puerto Rico.4

 

    • Certificación Núm. 114 (2020-2021) del Senado Académico del Recinto de Río Piedras – Protocolo de evaluación por pares/estudiantes en cursos de modalidad alterna, híbridos y en línea. 5

b.Nombramientos temporeros a tiempo completo y tarea parcial

  • Conforme a la Carta Circular 24 (2021-2022) del Rector, Dr. Luis A. Ferrao Delgado, una vez aprobada la oferta de cursos-secciones del primer semestre 2022-2023 y, agotado los esfuerzos para cubrir la carga académica con personal docente permanente o en probatoria, las justificaciones aprobadas de nombramientos temporeros serán tramitadas al Basilio Rivera, Director de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto (OPEP) para el análisis presupuestario correspondiente.
  • Según la normativa establecida en la Circular 24, posterior a la primera semana de julio, solo se aceptarán transacciones de ajustes en carga académica que respondan a situaciones excepcionales que conlleven la creación de secciones y hayan sido aprobadas por el Rector (cierre o apertura de secciones).
  1. Cargas académicas docentes:
  • Se observará cumplimiento con el Reglamento General UPR, artículo 65.16
  • Se cumplirá con las disposiciones contenidas en el Seriado R-2122- 65 – Criterios para la Otorgación de Tarea al Personal Docente, 13 de mayo de 2022. Además, la equivalencia de tarea académica del personal docente del Recinto de Río Piedras de la UPR está contenida en la Circular Núm. 8, Año Académico 2019-2020, Enmendada7
  • Profesores en probatoria no están autorizados a tener una carga mayor de 12 créditos (Artículo 63 – Deberes y Atribuciones del Personal Docente)8.
  • No se autorizarán compensaciones en exceso de los 21 créditos9, con excepción de situaciones de interés institucional, aprobados por el Rector.
  • Cursos Ad Honorem también se cuentan como parte de la carga académica.
  • Los gerenciales deben cumplir con 3 créditos Ad Honorem por semestre (Sección VI-B-Manual del Profesor)10.
  • Actividades incidentales11 de interés institucional, en horario laborable, deberán ser solicitadas y autorizadas previo al inicio del servicio. El tiempo debe compensarse durante el mismo día o semana en que se realizan.
  • Actividades relacionadas al área de especialidad de los profesores realizadas, dentro o fuera de la institución, y durante el horario laborable de las 37.5 horas, no serán retribuidas pues constituyen una doble compensación.
  1. Servicios con la DECEP:
  • Solo se autorizarán compensaciones que no excedan las 30 horas semanales en la carga docente (Certificación Núm. 021 -2021-2022 de la Junta Administrativa)12.
  • La DECEP será responsable de confirmar la carga del profesor con la unidad de origen. El profesor, también, es responsable de constatar que no excede la carga académica requerida. Al igual que la unidad que otorgará la compensación
  1. Convocatorias para nombramientos probatorio o acervo:
  • Previo a la publicación de convocatorias, las unidades académicas deberán contar con la certificación de los fondos disponibles por la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto (OPEP).
  • El contenido debe cumplir con la lista de cotejo que aparece en la página del DAA.
  • Antes de comenzar los procesos de evaluación y entrevista a los candidatos interesados, los Comités de Personal deben haber elaborado un instrumento de evaluación o rúbrica alineado con los criterios de la convocatoria. Para información adicional sobre proceso de reclutamiento, nombramiento y evaluación del personal docente, refiérase a la Certificación 87, Senado Académico, Año Académico 2018-2019 13.
  1. Contratos, Memorándum de Entendimiento, Acuerdos Colaborativos y Prácticas
  • Los contratos con los centros de práctica o internados deben estar firmados antes de comenzar a utilizarlos.
  • Los acuerdos colaborativos con universidades homólogas, del exterior, para intercambio de estudiantes y docentes; y servicios a estudiantes internacionales tienen que contar con el visto bueno del Decanato Auxiliar de Relaciones Internacionales (DARI), Oficina de Asesoría Jurídica y el Decanato de Asuntos Académicos (DAA).
  1. Creación o modificación de cursos:
  • La creación de cursos está atada a las propuestas de nuevos programas o cambios académicos a programas vigentes, incluyendo cumplir con requisitos de acreditación.
  • Para el trámite al DAA de solicitudes la creación o modificación de cursos requisitos registrados, la propuesta deberá contar con la aprobación las diferentes instancias e incluir las certificaciones correspondientes.
  1. Cursos de temas o tópicos especiales (conocidos como “sombrilla”)
  • De acuerdo a la Certificación 33 (2020-2021) de la Junta de Gobierno, se refiere a, un curso que contiene temas variables, emergentes y relevantes a un programa académico, área de estudio o disciplina. Pudiese o no tener créditos variables y establecer un número de veces máximo para su repetición con temas variables. La unidad deberá incluir el prontuario, en su versión genérica y aplicable al programa académico correspondiente.
  • Una vez creado el “curso sombrilla”, aprobado y registrado en el Archivo Maestro de Cursos de la UPR y en el Sistema de Información Estudiantil (SIE) del Recinto de Río Piedras, si la facultad o escuela desea añadir periódicamente “temas o tópicos especiales”, NO será necesario volverlo a someter a la VPAAI para la creación de curso con el nuevo

No obstante, toda vez que estas acciones son susceptibles a auditorías y a los fines de mantener el Catálogo de Cursos del Recinto de Río Piedras actualizado, tanto subgraduado como graduado, para la evaluación y aprobación de la modificación de un “curso sombrilla” con el nuevo tema o tópico especial, deberán tramitar al DAA o al Decanato de Estudios Graduados e Investigación (DEGI) la solicitud y el prontuario con la debida aprobación por el Comité de Currículo del departamento o programa. En estos casos, el DAA tramitará las solicitudes aprobadas a la Oficina del Registrador para su registro en SIE.

  1. Solicitudes de reconocimiento de grado

– Se continuarán recibiendo durante todo el año académico siguiendo el procedimiento establecido por la Oficina de Vicepresidencia de Asuntos Académicos e Innovación (VPAAI )14.1516

  1. Avalúo del Aprendizaje Estudiantil

–     La coordinación del avalúo del aprendizaje estudiantil debe ser realizado por un docente regular.

El cumplimiento de estas normativas promoverá una gerencia académica y administrativa de mayor eficiencia.

 

1 https://juntaadministrativa.uprrp.edu/

2 http://senado.uprrp.edu/wp-content/uploads/2019/05/CSA-87-2018-2019-1.pdf

3https://academicos.uprrp.edu/blog/2022/03/10/circular-9-2021-2022-procesos-de-evaluacion-

del-personal-docente-por-parte-de-pares-y-estudiantes/

4 https://academicos.uprrp.edu/wp-content/uploads/2015/10/CSA-113-2014-2015-guia-general- criterios-evaluacion-docente.pdf.

5 https://senado.uprrp.edu/wp-content/uploads/2021/05/CSA-114-2020-2021.pdf.

6 Sección 65.1- Horas de contacto directo La tarea propiamente de enseñanza de cada profesor será equivalente a doce (12) horas-crédito semanales de contacto directo con el estudiante, según las tablas de equivalencia aprobadas por la Junta de Gobierno, que formule la Junta Universitaria en consulta con las juntas administrativas.

7https://academicos.uprrp.edu/wp-content/uploads/2021/10/CARTA-CIRCULAR-NUM-8-

ENMENDADA-ANO-2019-2020-15-JUNIO-2021-1.pdf

8 https://www.upr.edu/cayey/wp-content/uploads/sites/10/2016/08/REGLAMENTO-GENERAL.pdf

9 Certificación 40, 2001-2002, Junta Administrativa

10 https://academicos.uprrp.edu/wp-content/uploads/2021/07/MANUAL-DEL-PROFESOR-DAA.pdf

11 Circular Núm.12, Año 2012-13 (Enmendada)-Tarea incidental: Se refiere a una tarea particular, por la que se recibe remuneración una sola vez, de modo no recurrente. El trabajo incidental puedeser pagado con fondos institucionales o federales, según las normativas que apliquen en cada caso. http://graduados.uprrp.edu/images/pdf/Fond_Ext_Normas_Procedimientos_Informe_Tiempo_Esf uerzo.pdf

12 Certificación Núm. 021 (2021-2022) de la Junta Administrativa sobre las compensaciones adicionales (Punto II, Normas A) indica que “es imperativo que las actividades o tareas que involucran un docente o no docente, tales como: adiestramientos, charlas, conferencias, seminarios, desarrollo profesional con horas contacto o actividades de consultoría, por las calles recibirá una Compensación Adicional, y autorizadas por el Director o Decano de Facultad, y que no interfieran con el desempeño satisfactorio de sus responsabilidades docentes o no docentes, o EPT, para con la universidad, puedan autorizarse hasta un máximo de 30 horas semanales, bajo el término académico (entiéndase la unidad de tiempo programada para el ofrecimiento de un curso o actividad académica). En periodos no lectivos se recomienda no exceder de 37.5 horas semanales”.

13 http://senado.uprrp.edu/wp-content/uploads/2019/05/CSA-87-2018-2019-1.pdf

14https://academicos.uprrp.edu/wp-content/uploads/2015/11/NUEVO-PROCEDIMIENTO-RECON-

GRADO-REV-nov-2015.pdf

15https://academicos.uprrp.edu/wp-content/uploads/2015/11/NUEVA-SOLICITUD-RECONOC-

GRADOS-REV.-NOV-2015.pdf

16https://academicos.uprrp.edu/wp-content/uploads/2015/08/Memo-08-2014-2015-Manual-de-reconocimiento-de-grado.pdf

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